7 de mayo de 2017


CSJ considera aumentar penas de cárcel


Una iniciativa del Poder Judicial apunta a una reforma al Código Penal, con la cual se establecen los años de cárcel para homicidios por accidentes y delitos sexuales contra menores.

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) analiza aumentar las penas por provocar la muerte en accidente de tránsito, asesinatos y delitos sexuales, informó el magistrado Rafael Solís, vicepresidente del Poder Judicial.

Solís informó que “una comisión de la Corte Suprema estudia con detenimiento la cuestión de las penas en materia penal; hay que considerar tomar medidas más fuertes alrededor de las penas para una serie de delitos”.

El magistrado también aseguró que en la “próxima semana o después de Semana Santa se publicará” el trabajo de dicha comisión. “Se verá con detenimiento no solo lo relacionado a los accidentes (de tránsito), sino a los asesinatos horribles divulgados en las últimas semanas y los delitos sexuales contra menores”.

En el caso de los accidentes de tránsito “es obvio que hay una discusión sobre si es o no un homicidio imprudente”, dijo respecto a la muerte que se provoca al conducir un vehículo y hay flagrantes violaciones a la Ley de Tránsito de por medio.

En este aspecto, las causales del accidente pueden pasar a considerarse “un homicidio doloso, porque (el conductor) está haciendo algo que puede provocar muerte”.

Actualmente las muertes que se provocan en siniestros viales reciben condenas de 1 a 8 años de prisión, el Código Penal en su artículo 141 explica que “quien cause un homicidio por imprudencia temeraria, entendiéndose como tal la violación de las normas elementales de cuidado, se castigará con la pena de uno a cuatro años de prisión. Quien cause un homicidio por impudencia temeraria bajo los efectos de fármacos, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas será penado con prisión de cuatro a ocho años”.

En cuanto al asesinato, se castiga con penas de 15 a 30 años de prisión y los delitos sexuales, como violación a menores de 14 años, son penados con 12 a 15 años, o el acoso sexual a una menor de 18 años se condena con 3 a 5 años.

BIEN RECIBIDO

Por su parte, el diputado Filiberto Rodríguez, vicepresidente de la Comisión de Gobernación y Derechos Humanos de la Asamblea Nacional (AN), valoró como “positivo” el anuncio del magistrado Solís.

“Este anunció debe estar basado en las estadísticas que han valorado en la CSJ”, manifestó Rodríguez, explicando que esa iniciativa de aumentar las penas a punta a una reforma al Código Penal.

“Hay que verlo con buen ojo, positivamente. La CSJ maneja las estadísticas y si considera que deben subir las penas, habrá que valorarlo, (pero necesitamos) esperar que la iniciativa llegue a la Asamblea Nacional”, recalcó. 

Mientras el legislador Carlos Emilio López, miembro de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos del Parlamento, indicó que “no es posible pensar en una pena superior a los 30 años, porque sería inconstitucional. La Constitución Política establece que la pena máxima para cualquier delito, inclusive para un concurso de delitos, es de 30 años”.

“Es un hipótesis jurídica que ciertos hechos no sean considerados como accidentes, sino como homicidio dolosos, son temas factibles jurídicamente, se puede analizar si la CSJ, el Poder Ejecutivo y Legislativo lo estiman conveniente”, agregó.

López también estimó posible “incrementar las penas para delitos sexuales, delitos contra la integridad personal, contra la vida, esa es una posibilidad factible jurídicamente una vez que la CSJ nos presente esa iniciativa de ley, que sería aprobada en consenso”.



El Nuevo Diario / José Isaac Espinoza / 03 Mayo 2017

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