“Es un proceso estresante, lento y humillante”. Así resume Marlene el suplicio que le ha tocado vivir, tras tomar la decisión de demandar ante un Tribunal de Familia a su excompañero de vida, para exigirle el pago de una pensión alimenticia para su hijo.
Lo más irónico del caso, es que a seis meses de haber recibido una sentencia favorable a su demanda, ella se percata de que ha gastado más de US$1,000 en pago de cuatro abogados defensores, y apenas ha podido recibir dos cuotas de la pensión que ordenó pagar una judicial para su bebé.
“Lo que me pongo a pensar es cómo hacen esas mujeres que no tienen un empleo y demandan a los padres de sus hijos, aunque la ley les pone abogados de oficio, estos llevan muchos casos y siempre terminan por darle largas, donde el único favorecido es el demandado”, lamenta Marlene.
Otra que demandó a su expareja por pensión alimenticia para sus dos hijos es Damaris, quien se queja de muchísimas artimañas legales de las que se valen los abogados para retrasar estos casos y lograr que las demandantes desistan de seguirlos.
Después de siete meses, Damaris logró que un Tribunal de Familia emitiera una sentencia a favor de pensión alimenticia para sus dos hijos. “Pero conocí con tristeza de casos de mujeres que llevan hasta tres años y no les han resuelto, y otras que reciben pensiones ridículas de 500 pesos”, comentó Damaris.
“Mi consejo a las mujeres es que no se rindan. Que no abandonen las causas, porque la ley nos favorece, aunque tarde, pero funciona”, asevera Marlene.
OPTIMISMO PARA 2015
El diputado Carlos Emilio López, vicepresidente de la Comisión de Asuntos de la Mujer, Juventud, Niñez y Familia de la Asamblea Nacional, afirma que los juicios de familia por muchísimos años en Nicaragua han sido “un calvario” para las mujeres demandantes.
Según López, son juicios que se llevan a la luz del Código de Procedimiento Civil que data desde 1906, además de que se basan en leyes de familia anticuadas como la Ley de Alimentos, que data de 1992.
“Por eso vemos que son juicios lentos, se hacen por escrito, son engorrosos y complicados, hay muchas audiencias, y siempre se mueven a voluntad de las partes, con una lógica de justicia rogada, quien demanda mueve el proceso judicial y la carga probatoria la tiene la persona que demanda”, admite el diputado López.
El parlamentario considera que con el nuevo Código de la Familia, que entrará en vigor en abril de 2015, los juicios para exigir una pensión alimenticia dejarán de ser un martirio para las demandantes.
“A partir de abril, esos juicios serán orales, bajo una lógica de principio de concentración, es decir, que ya no habrá muchas audiencias, sino solo una inicial, en la cual las partes tratarán de ponerse de acuerdo, de lo contario tendrán solamente una audiencia más, en la que un juez dictarán su sentencia”, explicó el diputado.
Además, algo que destaca López es que con el nuevo Código de la Familia, la carga probatoria no descansará en la persona que demanda, sino que la parte demandada tendrá la carga de la prueba y la autoridad judicial hará un proceso de investigación
Los futuros juicios por demanda alimenticia deberán ser por ley, sencillos, expeditos, y como política de Estado se pretende acabar con todas esas trampas y artimañas que no son más que refugios para violentar derechos de familias, manifestó López.
1,254 DEMANDAS por pensión alimenticia han recibido los Tribunales de Familia entre enero y octubre de este año en Managua, es decir, 500 más que en 2013.
OTRAS NOVEDADES PARA BENEFICIAR A DEMANDANTES
El diputado Carlos Emilio López dijo que ya se está trabajando en la creación de la Procuraduría General de la Familia, que representará los intereses del Estado en los casos de familia.
“Así como hay una sala de lo penal, otra de lo civil, y otras, también se crearán las Salas de Familia en los Tribunales de Apelaciones del país, y en la Corte Suprema de Justicia se creará el área de la familia en Defensoría Pública, que dará servicio gratuito a las mujeres que no puedan pagar los servicios de un abogado”, destacó López.
También aseguró que si una mujer realizó gastos monetarios para impulsar su demanda, estos podrán ser incluidos al momento de la sentencia judicial, la cual podrá autorizar el reembolso de dichos egresos.
Publicado en El Nuevo Diario por Benjamín Blanco el 20 de noviembre del 2014.
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