La Asamblea Nacional avanzó ayer en la aprobación en lo particular del nuevo Código Procesal Civil hasta el artículo 204 del primer libro, sobre las disposiciones generales.
El diputado y miembro de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos, Carlos Emilio López, informó que se logró aprobar todo lo referido al procedimiento de la notificación. “Un principio del proceso civil es la notificación, todos tienen que ser notificados (…), toda acción procesal, toda decisión judicial tiene que ser informada de manera personal (tanto a la parte demandante como a la parte demandada)”, manifestó el diputado López.
CARACTERÍSTICAS DE LA SENTENCIA
También se logró aprobar todo lo concerniente a las audiencias, su preparación y desarrollo, al igual que la votación y fallo de los litigios y requisitos internos de la sentencia.
López expresó que quedaron establecidas las características que debe tener una sentencia judicial civil. “Deben tener claridad, no deben de ser confusas, no deben de prestarse a varias interpretaciones, debe de ser exhaustiva, debe abundar en cuanto a información”, dijo López.
La diputada y presidenta de la Comisión de Justicia, Irma Dávila, manifestó que este nuevo Código viene a terminar con esas demoras y la lentitud de los procesos judiciales en materia civil, “porque introduce la oralidad, transparencia, la publicidad, la presencia del juez, mejora las notificaciones, así como las nulidades y las sentencias”.
Este nuevo marco legal, que regula los procedimientos para las acusaciones y demandas civiles, está compuesto por 894 artículos en ocho libros. Las sesiones plenarias de los días jueves están dedicadas a la aprobación artículo por artículo de este Código hasta que terminen de aprobarlo.
El Código fue aprobado en lo general el pasado 26 de noviembre.
Publicado en La Prensa por Leonor Alvarez el 30 de enero del 2015.
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