Un diputado oficialista, Carlos Emilio López, declaró a los periodistas que la violación de esta ley será objeto de sanciones penales y administrativas como la clausura temporal o definitiva de cualquier institución.
El Parlamento de Nicaragua aprobó hoy por unanimidad una Ley de protección de datos personales que, entre otras cosas, resguarda la privacidad, honra, reputación e intimidad de los ciudadanos ante las empresas.
La ley, sancionada por los 89 diputados presentes este martes en el plenario, prohíbe a todas las entidades privadas divulgar cualquier tipo de información de sus clientes.
Entre la información que no podrá ser transmitida de una empresa a otra, destacan el origen racial de las personas, credo religioso, estado de salud, vida sexual, antecedentes penales "y cualquier otra que pueda ser motivo de discriminación", según la ley.
El diputado, Carlos Emilio López, declaró a los periodistas que la violación de esta ley será objeto de sanciones penales y administrativas como la clausura temporal o definitiva de cualquier institución.
Según lo dispuesto, las empresas "tienen que guardar la privacidad, si se divulgarán datos (de sus clientes), tiene que informarse al titular, si no, se está cometiendo una infracción", advirtió López.
La iniciativa también habilita a los ciudadanos a exigir a las empresas cuál información poseen de ellos, cómo se utiliza y quién es el responsable de su administración.
Además, la ley crea la Dirección de Protección de Datos Personales, que estará adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, instancia que controlará, supervisará y protegerá los datos de los ciudadanos en manos del sector privado.
Publicado en El Nuevo Diario el 20 de marzo del 2012.
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