Hasta julio de este año las mujeres organizadas registran sesenta femicidios,
al menos seis de ellas ya habían pasado por un trámite de mediación.
De los 55 femicidas, puesto que unos mataron hasta dos mujeres,
hay 29 prófugos, 15 presos y cinco condenados,
los otros cinco se suicidaron. LA PRENSA / ARCHIVO
Contrario a la opinión de las mujeres organizadas, quienes no están conformes con la sentencia de la Corte Suprema de Justicia que propone la restitución de la mediación en delitos menos graves, mediante la reforma al artículo 46 de la Ley 779 o Ley Integral Contra la Violencia Hacia las Mujeres, la magistrada de facto Alba Luz Ramos y el diputado Emilio López dicen que fue un éxito.
“Creo que la sentencia es un éxito para las mujeres de este país, está bien fundamentada, con perspectiva de género, creo que no debemos desperdiciar por ese simple hecho de la reforma, debemos explotarla en el sentido que sus argumentos vienen a fortalecer la posición de lucha de las mujeres contra la violencia y el enfoque de género en los tribunales de justicia”, dijo Ramos.
Para el diputado López, vicepresidente de la Comisión de la Mujer de la Asamblea, con la sentencia quedó claro que la Ley 779 es “hija de la Constitución”.
En la ley, dice López, se reconoce que los instrumentos internacionales de derechos humanos y de la mujer tienen el mismo estatuto de leyes internas del país.
Mediación restringida y controlada por juez
Alba Luz Ramos agregó que el hecho de reconocer en la sentencia que la mediación no está establecida en la Constitución, y por lo tanto no hay violación a la misma de parte de la Ley 779, es un gran avance. “Algunos magistrados consideraron que rozaba con la ley orgánica del poder judicial y que era adecuado restablecer la mediación en casos muy restringidos”, agregó.
La funcionaria sostuvo que en la propuesta que le hacen a la Asamblea Nacional sobre la restitución de la mediación, también le detallan las circunstancias en que debe darse. Entre ellas se cita que debe existir voluntad de la víctima, verificar si el agresor no es reincidente, que el delito sea menos grave y que el juez debe hacer control legal; además no podrán hacer mediación en la Policía.
“Es un aporte al derecho constitucional y sirve de jurisprudencia”, recalcó el diputado.
Ramos agregó que hay que tomar en cuenta que la CSJ es un cuerpo colegiado y por tanto hay muchos criterios que conjugar y consensuar.
Publicado por La Prensa por Martha Vásquez el 24 de agosto del 2013.
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