21 de mayo de 2015

Habrá reforma a Código Penal

Nueve delitos tipificados en el Código Penal, relacionados con el crimen organizado, serán reformados para armonizarlos con la legislación penal de los otros países centroamericanos, como parte de los acuerdos del sistema de integración centroamericano.
El diputado Carlos Emilio López, miembro de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos, explicó que este proceso tiene el objetivo de “poner en común toda la legislación del crimen organizado transnacional”.
Según López, esta armonización de la materia penal evitará que cualquier expresión del crimen organizado, que cometa delito en un país determinado, quede en la impunidad en otro país de la región.
Entre las reformas está la modernización al tráfico de armas, que implica incluir la penalización del tráfico de municiones, fabricación de armas de destrucción masiva y la construcción de lugares para almacenar armas, lo cual actualmente no está contemplado en el Código Penal. La iniciativa de reforma al Código Penal, y en consecuencia al Código Procesal Penal, fue presentada por la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
El diputado López explicó que esta iniciativa fue consensuada con todos los actores institucionales que conforman la Comisión interinstitucional de justicia penal, la cual creó la propuesta de reforma y luego la remitió a la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional, la que tendrá que dictaminarla.
La Comisión Interinstitucional está conformada por la CSJ, la Policía Nacional, el Ministerio Público, la Comisión de Justicia del Parlamento, entre otras instituciones.
Tipos penales que serán armonizados
Los nueve tipos penales que serán armonizados son los siguientes:
  • Asociación ilícita y lavado de dinero;
  • Legitimación de capitales y blanqueo de capitales;
  • Tráfico de drogas y precursores (sustancias que pueden utilizarse en la producción y fabricación de drogas);
  • Tráfico de órganos;
  • Trata de personas;
  • Tráfico de armas;
  • Cohecho (juez o funcionario que acepta sobornos) y peculado (malversación de caudales públicos);
  • Tráfico de influencia y responsabilidad penal de las personas jurídicas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario