*Prohíbe y elimina el castigo físico porque todas las personas tienen derecho a que su dignidad humana e integridad física sean respetadas.
Managua- El nuevo Código de la Familia, Ley 870, fue aprobado junio de 2014, y entrará en vigencia este próximo 8 de abril, lo cual constituye un avance importante para el cumplimiento de los derechos y garantías de la niñez y adolescencia nicaragüense.
“El nuevo Código de Familia unifica en un solo cuerpo de ley con principios rectores únicos las leyes de familia. Deroga las leyes que entran en contradicción con el mismo y las positivas las conserva y agrega aspectos novedosos. Para tomar una decisión el Juez deberá escuchar a las niñas y los niños. Son el corazón del Código”, dijo el Diputado Carlos Emilio López, en un encuentro con el personal de UNICEF.
En saludo a la vigencia del Código de la Familia se realizará una caminata este 8 de abril hacia la Asamblea Nacional. Participarán el Grupo Promotor del Buen Trato, integrado y liderado por la Procuraduría para los Derechos Humanos, Ministerio de la Familia (MIFAN), Ministerio de Educación (MINED), CODENI, UNICEF, Save the Children, Plan Internacional, organizaciones miembros de Movimiento Global por la Infancia capítulo Nicaragua, y otras organizaciones que trabajan por el cumplimiento de los derechos de la niñez, niñas, niños y adolescentes.
El objetivo de esta caminata, además de celebrar este hito histórico en materia jurídica a favor de la niñez y adolescencia (después del Código de la Niñez y adolescencia), es demandar a las y los diputados de la Asamblea Nacional para que declaren a Nicaragua un país legalmente libre de castigo físico y trato humillante hacia niñas, niños y adolescente. Este pronunciamiento será liderado por las voces de las propias niñas y niños con el apoyo de representantes del Grupo Promotor del Buen Trato.
¿Es el castigo físico una violación a los derechos humanos?
El castigo físico es una violación a los derechos humanos. El Comité de los Derechos del Niño, expresa que “El derecho del niño a la protección contra los castigos corporales”, este mandato además hace hincapié que es una obligación de los Estados garantizar el derecho a la protección de la niñez.
La iniciativa de Ley para un Código de Familia se presentó en 1994 ante la Asamblea Nacional. Sin embargo, fue hasta el año 2006, que Nicaragua se comprometió junto con el resto de países miembros de la ONU a crear las acciones y regulaciones pertinentes para fomentar el buen trato a niños, niñas y adolescentes, tras ser presentado el Estudio Mundial de Violencia contra la Niñez, que calificaba el castigo físico como una acción degradante.
Desde el 2005 en Nicaragua, se han venido realizando esfuerzos para conformar un grupo de incidencia política en el tema de la prohibición del castigo físico y humillante hacia la niñez, y fue hasta el 2008 que se constituyó el Grupo Promotor del Buen Trato. Como parte de las acciones de abogacía y los esfuerzos conjuntos del Grupo Promotor introdujeron una propuesta ante la Asamblea Nacional, para que el Código de Familia incluyera la prohibición explícita de los castigos físicos y otras formas de castigo humillantes.
¿Qué cambios veremos ahora?
La entrada en vigencia del Código de Familia (Ley 870) en el artículo 280, se refiere a la responsabilidad, derechos y deberes que tienen las madres y los padres de familia en dirigir y orientar a sus hijas e hijos sin poner en riesgo la salud, la integridad física y psicológica o dañar la dignidad de los mismos. También establece: “…bajo ninguna circunstancia se utilizará el castigo físico o cualquier tipo de trato humillante como forma de corrección o disciplina”.
Los padres y madres de familia deben promover valores como la tolerancia, el diálogo, la participación, el respeto, para mejorar la convivencia con sus hijos e hijas. Paulo Pinheiro, experto independiente de la ONU, expresó: “…no es tan fácil cambiar la mentalidad de sociedades y hacer que los adultos dejen de justificar la violencia contra las niñas y los niños por considerar que así aprenden a disciplinarse”. Sin embargo, tenemos que hacer esfuerzos para cambiar esa norma social de ver el castigo físico como algo positivo.
Prohibir el castigo físico y humillante en todo el marco legal de Nicaragua será un proceso gradual, y que ameritará sensibilizar a los padres y madres de familias, así como a otros actores de la sociedad, para que abandonen una forma inadecuada de corregir, y adopten una nueva pauta de crianza basada en el buen trato.
Nuevos retos para todos y todas
El Código de Familia es novedoso e implicará un reto para el Estado de Nicaragua con todas sus instituciones y para todos los sectores de la sociedad cumplan con lo establecido por la Ley y se instaure una cultura del diálogo y comunicación asertiva en la familia y la comunidad. Esta normativa especializada en derechos de la familia, entre otros aspectos, establece que los padres deben asegurar la manutención alimenticia de sus hijos hasta los 21 años y no a los 18, en caso que sigan estudiando. Y reconoce que el concepto de familia va más allá del matrimonio o unión de hecho estable entre un hombre y una mujer, y que la familia ahora puede considerarse por un hombre solo o divorciado, una mujer sola o divorciada, o un abuelito o una abuelita con un nieto.
Publicado en www.unicef.org.ni el 6 de abril del 2015.
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