14 de diciembre de 2014

Juicios civiles podrán ser interrumpidos

Juicios civiles podrán ser interrumpidos
Los conflictos en los juicios civiles podrán ser interrumpidos en cualquier momento del proceso con el nuevo Código Procesal Civil que los diputados comenzaron a aprobar en lo particular este jueves, dijo ayer el diputado Carlos Emilio López, miembro de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos de la Asamblea Nacional.

El legislador del Frente Sandinista de Liberación Nacional, FSLN, señaló que el nuevo Código establece “el principio dispositivo”, por el cual las partes pueden poner fin al juicio a través de un arreglo conciliatorio que puede efectuarse por un laudo arbitral.

“No importa en qué momento esté el juicio. Las partes pueden ponerle fin al mismo a través de la aplicación de un método alterno a la resolución de conflictos”, agregó López.


JUSTICIA AMIGABLE


El diputado explicó que el nuevo Código apuesta a una justicia amigable, donde las personas se pueden sentar a dialogar y llegar a acuerdos.

“Por eso también se le da un papel importante a espacios alternos de resolución de conflictos que están debidamente autorizados por la Corte Suprema de Justicia, CSJ”, apuntó López.

El legislador dijo que este “principio dispositivo” reconoce el papel de la Dirac, que es la Dirección de Resolución Alterna de Conflictos, de la CSJ, porque el nuevo Código apuesta a una justicia que se resuelva no solo en el ámbito judicial.

Agregó que en el nuevo Código Procesal las partes tienen acceso a la información judicial y derecho a participar en las audiencias, y que solo habrá restricciones cuando la autoridad Civil considere que está en riesgo la moral y seguridad de las partes.

Añadió que la justicia debe ser equilibrada y transparente, y la autoridad judicial no debe balancearse ni por la parte demandada ni por la demandante.


A DISCUSIÓN LOS JUEVES


López dijo que el Código Procesal Civil aprobado en lo general el miércoles 26 de noviembre, será aprobado en lo particular todos los jueves a partir del inicio del próximo año, por lo que este cuerpo de ley estaría aprobado en su totalidad en junio del 2015.

El nuevo cuerpo de ley, que contiene 8 libros y 896 artículos, incorpora además el “proceso monitorio”, por el cual cualquier nicaragüense podrá recurrir ante un juez local sin la necesidad de un abogado, para demandar el pago de lo “fiado” o “prestado”, hasta por un monto que no exceda los 50 mil córdobas.

El Código reduce también a dos audiencias los procesos civiles e incorpora la mediación como método de solución de conflictos en los juicios ordinarios, juicios sumarios y en todo el ámbito del Derecho Civil.

Publicado en El Nuevo Diario por Miguel Carranza el 13 de diciembre del 2014.

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