22 de junio de 2017

Diputados aprueban reforma a Código Penal

Las penas de cárcel se endurecen para delitos como parricidio y homicidio imprudente cuando el conductor está en estado de ebriedad.


Con 76 votos a favor, los diputados de la Asamblea Nacional de Nicaragua aprobaron esta mañana las reformas a la Ley integral contra la violencia hacia las mujeres, Ley 779, al Código Penal y al Código Procesal Penal de la República, que imponen sanciones más fuertes sobre una serie de delitos.
En concreto, las reformas establecen incrementos de penas que oscilan entre los cinco y los 10 años para las penas de parricidio, asesinato, violación a menores y violación agravada.

También endurecen las penas en los casos de homicidios imprudentes agravados, cuando ocurren en los accidentes de tránsito, indicó el diputado sandinista Carlos Emilio López.
La presidenta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Alba Luz Ramos, dijo la semana pasada que en el caso del homicidio imprudente, se aplicará la prisión preventiva mientras dura el proceso solo cuando el delito se cometa en estado de ebriedad, bajo efectos de drogas o estupefacientes.
Los diputados se preparan para el receso parlamentario de medio año, por lo que este martes aprobaron las reformas al Código Penal, Ley 779 y Código Procesal Penal.
El pasado primero de junio es cuando se anunció que el gobierno había solicitado las reformas para aumentar las penas de cárcel por una serie de delitos.
La iniciativa plantea que el delito de parricidio se castigará con penas de cárcel que van de 15 a 20 años de prisión.
Por asesinato se impondrán penas de 20 a 25 años de prisión y si hay agravantes la condena será de hasta 30 años.
La violación a los menores de edad se pagará con entre 20 y 25 años de prisión; en tanto que los casos de violación agravada se sancionarán con 12 o 20 años tras las rejas.

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