15 de noviembre de 2016


Protagonismo y participación política de las mujeres


Las mujeres en la historia universal y nacional siempre han participado como heroínas, próceras, libertarias, guerrilleras, ideólogas, dirigentas políticas; sin embargo, la cultura androcéntrica heredada en nuestro país creaba por un lado un conjunto de factores que han sido obstaculizadores para el reconocimiento histórico de este protagonismo político y, por otro, había levantado diques que impedían el pleno ejercicio de los derechos políticos de las mujeres.


El Frente Sandinista asumió las voces, praxis y luchas de miles de mujeres en cada periodo de la vida nacional; desde la resistencia de las mujeres originarias y afrodescendientes contra los imperios, tanto el español como el inglés, las mujeres en las gestas de Sandino, en su combativa clandestinidad contra Somoza, en la defensa de revolución contra el imperio norteamericano y en sus propias reivindicaciones de género.

Este movimiento de liberación rompió con la visión de subordinación, minimización y reducción de la mujer al ámbito privado y el sobreposicionamiento de los hombres de manera exclusiva en el ámbito público; lo hizo desde sus orígenes y en la construcción de su programa histórico, ahí reconoció la plena igualdad entre mujeres y hombres en el campo de los derechos políticos y en todas las otras esferas de los derechos humanos, esa concepción filosófica y trasformadora de equidad y complementariedad fue trasladada a la Constitución Política de 1987, convirtiéndose así la igualdad de género, la no discriminación por razones de sexo y la participación política de las mujeres en un asunto de derechos constitucionales, véase la Carta Magna:
“Todas las personas son iguales ante la ley y tiene derechos a igual protección. No habrá discriminación por motivo de nacimiento, nacionalidad, credo político, raza, sexo, idioma, religión, opinión, origen, posición económica o condición social…”. Y agrega: “se establece la igualdad incondicional de todos los nicaragüenses en el goce de sus derechos políticos, en el ejercicio de los mismos y en el cumplimiento de sus deberes y responsabilidades, existe igualdad absoluta entre el hombre y la mujer. Es obligación del Estado eliminar los obstáculos que impidan de hecho la igualdad entre los nicaragüenses y su participación efectiva en la vida política, económica y social del país” (artículos 27 y 48 de la Cn).
Los artículos mencionados se han mantenido intactos desde su aprobación en la Constitución originaria, ninguna de las reformas los han modificado; sin embargo, en entre los años 1990 y 2006 esas disposiciones constitucionales no se cumplieron, quedando la participación de la mujer limitada a casos particulares, no se permitió, ni reconoció la participación de la mujer como sujeto colectivo.
A partir del año 2007 se inicia un nuevo periodo de gobernabilidad y de democracia participativa que incluye, promueve, reconoce la acción colectiva de las mujeres como protagonistas y sujetos políticos; eso está plasmado en la Política de Genero del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional, de ahí que las mujeres empezaron a ser nombradas como titulares de instituciones del gobierno y directoras de programas y políticas estratégicas de país, llegando a la fecha a ocupar más del 50% de los cargos máximos en todos los ministerios de Estado.
Esa política de participación que inició siendo una decisión programática de un partido se convirtió en una política de Estado; ya que actualmente casi todos los Poderes e instituciones de Estado cuentan con una Política de Género que asume la participación de las mujeres en todos los órganos de dirección y además se han reformado un conjunto de leyes que institucionalizan la participación de las mujeres en todos los cargos de elección popular, de tal manera que en los espacios de decisión ya no solo habrán mujeres sandinistas o mujeres aliadas al sandinismo, sino mujeres de todos las fuerzas políticas. 
Las leyes que se han reformado son:
1. Ley de Municipios. Aprobada el 8 de marzo del 2012 y publicada en La Gaceta No. 47 del 9 de marzo del mismo año. 
2. Ley Electoral. Aprobada el 15 de mayo de 2012 y publicada en La Gaceta No. 95, del 23 de mayo del mismo año. 
3. La reforma constitucional, aprobada el 10 de febrero de 2014 y publicada en La Gaceta No. 32 del 18 de febrero del mismo año.
Estas reformas jurídicas instituyen que el 50% de mujeres y el 50% de hombres en complementariedad ocupen los cargos de alcaldesas – alcaldes, vicealcaldesas – vicealcaldes, concejalas – concejales municipales y regionales, diputadas y diputados nacionales, departamentales y del Parlacen.
Como resultado de estas políticas públicas y leyes que restituyen derechos políticos, hoy en día las mujeres son titulares de casi todos los poderes e instituciones del Estado y además existen altos niveles de equidad en la participación a todos los niveles institucionales; en las municipalidades casi el 50% del poder lo administran las mujeres; en la Asamblea Nacional el 42% de los escaños está siendo ocupado por mujeres y en las próximas elecciones esto se elevará al 50%.
En Nicaragua el poder público se ha venido transformado paulatina y progresivamente en servicio público con el protagonismo, inteligencia, sororidad, capacidad, eficiencia, y transparencia de las mujeres. Esto tan solo es un capítulo que abre en la historia de Nicaragua, el poder político con rostro y corazón de mujer.


Carlos Emilio López H*
Diputado FSLN.
Managua, Nicaragua |
08 Marzo 2016 |
12 a.m. |
El Nuevo Diario - Edición Impresa


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